Cuando iniciamos un proceso migratorio para regular nuestro estado legal en el país, hay ciertos requisitos necesarios que se deben presentar por parte del o los solicitantes a la oficina de Inmigración como evidencia. Cuando se trata de una pareja casada, el solicitante debe establecer la validez de su matrimonio mediante pruebas. En todos los casos, los solicitantes deben establecer que tienen un matrimonio válido con su cónyuge ciudadano estadounidense durante el período de tiempo requerido.
Un certificado de matrimonio es una prueba, a primera vista, válida, de que el matrimonio se realizó de manera adecuada y legal. Sin embargo la declaración de impuestos en pareja es un dato importante ya que es evidencia de una buena conducta moral y un matrimonio sólido.
Un ejemplo de esto es cuando una pareja donde el esposo es inmigrante y su esposa, ciudadana Americana, han iniciado el proceso para que el obtenga los beneficios de una residencia mediante el matrimonio con la ciudadana Americana. El esposo trabaja en constructión y la esposa trabaja limpiando casas, ambos reciben su pago en efectivo y declaran una cantidad baja de ingresos por separado; esta declaración de impuestos puede ser cuestionada por el oficial de inmigración en el proceso de residencia, ya que cuando el caso sea analizado por el oficial, éste puede pensar que la pareja están declarando cantidades falsas y decidir investigar mas la relación, o bien que la ciudadana americana pudo haber entrado al matrimonio exclusivamente por dinero pues sus ingresos son muy cuestionables.
Existen razones que obligan a realizar declaraciones bajas como:

Si alguno de los anteriores fuese el motivo, hay que llevar a la entrevista con el oficial, o en el paquete de pruebas, información que sustenten lo anterior aunque parezca obvio.
Mientras más evidencias se proporcionen de que la unión es de buena fe y que generará un futuro sólido realizando estas declaraciones en pareja, será mejor.
A nadie le gusta pagar impuestos; pero son parte de una obligación como persona que vive en los EEUU; el ciudadano americano debe de tener sus impuestos al día y se aconseja pagar los del año anterior del inmigrante y de esta forma realizar la declaración de impuestos en pareja, que además de servir para el retiro, la universidad de los hijos o la pareja, posibilidades de crédito en un futuro o como evidencia en el proceso migratorio, es la ley.
Si usted esta en medio de un proceso legal o esta a punto de iniciarlo y necesita asesoría legal, no dude en contactarnos para hacer una evaluación de su caso, puede llamarnos a nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro  Formulario de contacto.
Síguenos en nuestras redes sociales FacebookTwitterYouTube o inscribete a nuestra lista de correo donde le informaremos más sobre las últimas noticias de inmigración.

Cargando ...

 

El pasado 5 de septiembre, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) dio a conocer el memorándum con el cual el Presidente Trump ha revocado el programa DACA. Éste programa permitía que muchos jóvenes que llegaron como inmigrantes indocumentados siendo aún niños, pudieran trabajar y vivir en los Estados Unidos. Con la reciente decisión de Trump, aproximadamente 800.000 personas jóvenes estarán en riesgo de deportación. 
Según el memorándum, se contará con un periodo de 6 meses durante los cuales serán revisadas ciertas solicitudes de DACA y de trabajo bajo criterios muy específicos.
Los inmigrantes que ya cuenten con DACA y/o autorizaciones de trabajo, podrán conservar sus beneficios hasta que expiren (DACA tiene vigencia de 2 años como programa).
Las solicitudes de aplicación al programa y autorizaciones de empleo que fueron realizadas hasta Septiembre 5 y que estén debidamente archivadas, serán revisadas y juzgadas caso por caso por USCIS.
USCIS también revisará detenidamente las solicitudes de renovación de este programa y autorizaciones de trabajo que expiren entre la fecha del memorando y Marzo 5 de 2018, que ya hayan sido aceptados después de Octubre 5, 2017.
Las personas que no presentaron una solicitud bajo el programa Daca antes del 5 de septiembre, ya no pueden aplicar. USCIS rechazará todas las solicitudes recibidas después de la fecha en que se dio a conocer este memorándum, no aprobarán ningún nuevo formulario de documento de viaje (I-131) bajo estándares asociados con el programa DACA, aunque honrará el período de validez declarado para las solicitudes previamente aprobadas.
Fuente: https://www.dhs.gov/news/2017/09/05/memorandum-rescission-daca
Si usted o alguna persona que conozca necesita una asesoría por favor contáctenos para hacer una evaluación de su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro Formulario de contacto, o puede agendar usted mismo su cita en https://www.mercedescano.com/reserva-de-citas/.
Síguenos en nuestras redes sociales FacebookTwitterYouTube o inscribete a nuestra lista de correo donde le informaremos más sobre las últimas noticias de inmigración.

Cargando ...

El presidente Donald Trump se reunió el pasado miércoles 2 de Agosto en la Casa Blanca con los senadores republicanos David Perdue y Tom Cotton, quienes redactaron y presentaron en el Congreso un plan migratorio basado en méritos, este plan llamado Proyecto de Ley S.534, ya había sido presentado el pasado  13 de Febrero al Senado, pero no tuvo apoyo más que el de los dos senadores.
El Proyecto de Ley S.534 propone que los solicitantes a la ciudadanía hablen ingles, puedan mantenerse  financieramente, contribuyan con la economía y tengan méritos profesionales que justifiquen su entrada legal al país y su acceso al mercado laboral.
Con este proyecto, el presidente Trump pretende reducir la inmigración que no esté calificada, dejando fuera a inmigrantes y/o personas mayores que no estén dentro de la fuerza laboral, además, afectaría los programas de visas de trabajo para extranjeros y con ello favorecería la mano de obra estadounidense. También eliminaría la lotería de visas, que cada año sortea 50.000 residencias legales permanentes.
De cumplirse las ideas del presidente Trump, inmigrantes que cada año ingresan a Estados Unidos bajo el actual sistema –regulado por la Ley de Inmigración y Nacional de 1965 (INA)– ahora quedarían fuera de la posibilidad de asilo y/o refugio, así como aquellos familiares adultos cuya residencia fue tramitada por ciudadanos y residentes legales permanentes.
Fuente:
http://www.univision.com/noticias/inmigracion/la-casa-blanca-impulsa-un-proyecto-de-ley-migratoria-basado-en-meritos-que-busca-reducir-la-inmigracion-legal-a-la-mitad
Si usted o alguna persona que conozca necesita una asesoría por favor contáctenos para hacer una evaluación de su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro Formulario de contacto, o puede agendar usted mismo su cita en https://www.mercedescano.com/reserva-de-citas/.
Síguenos en nuestras redes sociales FacebookTwitterYouTube o inscribete a nuestra lista de correo donde le informaremos más sobre las últimas noticias de inmigración.

Cargando ...

La cancelación de la deportación es un remedio de inmigración disponible para ciertos residentes no permanentes y residentes permanentes legales que son removibles o han sido colocados en procedimientos de deportación ante un juez de inmigración. Este remedio está disponible para los no residentes que han estado en los Estados Unidos por lo menos diez años, tienen un pariente inmediato que sufriría extrema dificultad si fueran deportados y  han tenido buen carácter moral durante ese período.
La cancelación de remoción está disponible para un residente no permanente si cumple con las siguientes condiciones:

  1. El residente no permanente ha estado físicamente presente en los Estados Unidos por un período continuo de no menos de diez (10) años inmediatamente anteriores a la fecha de dicha solicitud;
  1. El residente no permanente ha sido una persona de buen carácter moral durante ese período;
  1. El residente no permanente establece que la expulsión resultaría en una dificultad excepcional y extrema para su cónyuge, padre o hijo que es ciudadano de los Estados Unidos o un residente legal permanente.

La cancelación de deportación es una forma discrecional de alivio. El juez decide si concederá o denegará la cancelación. La cancelación de la deportación es un alivio que es extremadamente difícil de obtener y puede requerir el uso de expertos para apoyar su caso. Es importante que la persona que está ante el juez proporcione una cantidad sustancial de evidencias que demuestren que usted cumple con los requisitos básicos y que son dignos de obtener una cancelación de  deportación.
Si se niega su cancelación de deportación será deportado o removido de los Estados Unidos. Por otro lado, si se le concede la cancelación el juez cancelará el procedimiento de deportación y la residencia legal permanente.
Residente Legal Permanente Convicto de Crímenes
Si un residente legal permanente ha sido convicto por ciertos crímenes y ha sido puesto en un proceso de deportación, puede ser elegible para una cancelación de deportación si puede demostrarle al juez de inmigración que cumple con los requisitos básicos de elegibilidad. El residente legal permanente deberá probar que:

  1. Ha estado presente en los Estados Unidos como residente permanente legal por lo menos por siete (7) años
  2. No ha fue condenado por un delito dentro de los primeros cinco años como residentes legales permanentes
  3. No han sido convicto por un delito grave y
  4. No ha recibido una cancelación del deportación o un alivio bajo el 212 (c) en el pasado

Además de los requisitos anteriormente mencionados, tendrá que presentar documentación que evidencie  que cumple con los requisitos mínimos y, además, debe convencer al juez de inmigración que usted se merece la cancelación a pesar de haber sido convicto por un delito.
Si usted o alguna persona que conozca necesita una asesoría jurídica o aplica para la visa U por favor contactenos para hacer una evaluación de su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro Formulario de contacto, o puede agendar usted mismo su cita en https://www.mercedescano.com/reserva-de-citas/.
Síguenos en nuestras redes sociales FacebookTwitterYouTube o inscribete a nuestra lista de correo donde le informaremos más sobre las últimas noticias de inmigración.

Cargando ...

Si obtuvo su residencia en los Estados Unidos a través de un matrimonio reciente, su tarjeta de residencia es provisional y sólo será válida por dos años.
Para cambiar su tarjeta de residencia condicional por una permanente, deberá presentar el Formulario I-751, 90 días antes de cumplir los dos años de la fecha en que se emitió su tarjeta condicional (para remover las condiciones de residencia temporal). En la mayoría de los casos, esta petición se presenta conjuntamente con su cónyuge, pero bajo ciertas circunstancias usted tendrá que solicitar la remoción de las condiciones individualmente.
Durante los dos años que usted tendrá que esperar para hacer esta aplicación, muchas cosas pueden suceder en un matrimonio. Un divorcio, muerte, violencia doméstica y/o adversidad extrema si regresa a su país de origen.  Todas estas situaciones son razones reconocidas por USCIS que le permiten presentar la petición I-751 sin la firma de su cónyuge.
Divorcio
Si usted está presentando el formulario I-751 sin su cónyuge debido a un divorcio, es necesario que este divorcio esté finalizado. Es extremadamente importante que radique su divorcio lo más pronto posible si su matrimonio se ha deteriorado más allá del punto de reconciliación, ya que usted no sabe cuánto tiempo tardará la finalización de su divorcio. También es necesario que usted pueda probarle a USCIS, que la relación fue verdadera y que desafortunadamente se rompió.
Violencia o crueldad extrema (violencia doméstica)
Si usted ha sido víctima de cualquier acto  de violencia o ha sido amenazado por su cónyuge que es ciudadano de los Estados Unidos, podrá presentar su petición para remover las Condiciones de Residencia sin un divorcio. Los actos de violencia incluyen -pero no se limitan a la explotación- la prostitución forzada, el abuso psicológico o físico, la detención forzada, control y/o violación.
Es muy importante que no solo documente que, en efecto, su matrimonio fue de buena fe, sino que además documente el abuso que sufrió a manos de su cónyuge. Usted tendrá que recopilar informes policiales, informes médicos, declaraciones de testigos, evaluaciones psicológicas, etc. Bajo este motivo en particular, USCIS tiene restringido informarle al cónyuge abusivo sobre la solicitud, pero le aconsejamos que busque un abogado experto en esta clase de proceso, no es tan fácil probar estos hechos ya que usualmente el abuso pasa en la intimidad del hogar.
Adversidad extrema
Extrema dificultad no es sólo la base más general para la presentación individual, sino también es la más difícil de probar. Aunque usted necesita probar que su matrimonio fue de buena fe, tendrá que demostrar que durante los 2 años de su matrimonio, pasaron eventos que le afectarían su regreso a su país.  Se le sugiere un abogado experto en inmigración para esta categoría ya que puede ser bastante complicado probar esta excepción.
Es extremadamente importante bajo cualquiera de estas razones, la documentación que usted tiene que recoger para apoyar su elegibilidad para la aprobación. Además, es importante tener en cuenta que si usted califica bajo cualquiera de los motivos, no tiene que esperar los dos años para eliminar sus condiciones de residencia.
Si usted o alguna persona que conozca necesita una asesoría jurídica o aplica para un perdón por favor contactenos para hacer una evaluación de su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro Formulario de contacto, o puede agendar usted mismo su cita en https://www.mercedescano.com/reserva-de-citas/.
Síguenos en nuestras redes sociales Facebook, Twitter, YouTube o inscribete a nuestra lista de correo donde le informaremos más sobre las últimas noticias de inmigración.

Cargando ...


Algo muy usual en la comunidad inmigrante indocumentada, es conducir con licencias obtenidas en otros estados diferentes al que reside.
Las licencias de conducir son los instrumentos de identificación más peligrosos en los EEUU, especialmente después del ataque a las torres del World Trace Center; los atacantes utilizaron licencias falsas para usar los “kidnapp” los aviones del 11 de septiembre de 2001 que cambiaron la historia de los EEUU.
Usar licencias de otro estado donde no se reside, y trabajar en lugares de extrema vigilancia o lugares pertenecientes al gobierno, son riesgos que eventualmente pueden llevar a un arresto y cargos de fraude por intento de uso de identificación falsa.
Hoy en día, es mejor aprender a vivir bajo el radar hasta que formalicemos nuestro estatus migratorio.
En las oficinas de Mercedes Cano estamos para ayudarle. Si desea que evaluemos su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro Formulario de contacto.
Síguenos en nuestras redes sociales FacebookTwitterYouTube o inscribete a nuestra lista de correo donde le informaremos más sobre las últimas noticias de inmigración.

Buenas noticias para la comunidad inmigrante, 3-0 fue la votación de la primera orden ejecutiva del presidente Trump en contra de los inmigrantes.
La orden que buscaba el bloqueo a la entrada de inmigrantes, fue derrotada por una decisión unánime de los tres jueces de una corte de apelaciones en California. La decisión abre las puertas a todos los inmigrantes que tengan sus visas y residencias al día.
 
En las oficinas de Mercedes Cano estamos para ayudarle. Si desea que evaluemos su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro Formulario de contacto
Síguenos en nuestras redes sociales FacebookTwitterYouTube o inscribete a nuestra lista de correo donde le informaremos más sobre las últimas noticias de inmigración.

Como los recientes eventos en los aeropuertos de los EEUU demuestran, el viajar a los EEUU se volverá cada día mas delicado, posiblemente dispendioso, engorroso, molesto y hasta peligroso, ya que el presidente Trump estará actuando de manera indiscriminada contra los inmigrantes.  Este fin de semana se trato de los Musulmanes, mañana puede ser contra los Mexicanos, Colombianos, Centro Americanos, etc. Sus pólizas de inmigración, a pesar de que este fin de semana fueron legalmente paradas por un tiempo -por un juez en Nueva York-, eso no significa que no causará discriminación, represión y persecución a los inmigrantes que entran a este país a estudiar, visitar, trabajar o residir.
Tenemos que estar conscientes de esta situación y no hacer como el avestruz (meter la cabeza dentro de la arena y obviar la realidad).  Muchas personas creen que a ellos no les pasará, pues son personas de bien y nunca han cometido un delito o infringido la ley; las personas que detuvieron y arrestaron en los aeropuertos este pasado fin de semana no habían cometido un delito y algunos de ellos habían trabajado para el gobierno de los EEUU por muchos años.  La discriminación por ser inmigrante le puede pasar a cualquiera que no sea un individuo blanco americano, y cuidado con creer que porque usted es blanco va a pasar desapercibido. La discriminación ataca todo lo que sea diferente a la raza que esta discriminando.
El llamado entonces es a mantenernos informados, no solo con la televisión o la prensa, sino con todos los medios digitales disponibles, organizarnos y a apoyar a todos los blancos americanos que con iniciativas multitudinarias alzan su voz en contra de esta situación; muchos de ellos son los que están yendo a las marchas para proteger nuestros derechos, entonces, todos nosotros, nuestras familias y nuestros amigos, tenemos la obligación de participar en estos eventos y dar apoyo moral a esta lucha contra la discriminación de los inmigrantes en los EEUU.
Si usted piensa viajar dentro o fuera de los EEUU y tiene alguna duda sobre su estado migratorio o posibles consecuencias, venga a vernos y consulte antes de viajar o entrar a este país.
Somos expertos en inmigración y podremos evaluar su caso y darle alternativas.
En las oficinas de Mercedes Cano estamos para ayudarle. Si desea que evaluemos su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro Formulario de contacto
Síguenos en nuestras redes sociales FacebookTwitterYouTube o inscribete a nuestra lista de correo donde le informaremos más sobre las últimas noticias de inmigración.

El 12 de enero de 2017 el presidente Barak Obama derogó el beneficio migratorio, mejor conocido como “pies secos, pies mojados”, que les permitía exclusivamente a los cubanos llegar a los Estados Unidos sin visa y luego obtener la residencia legal permanente si no eran interceptados por la guardia costanera  y lograban tocar suelo americano. Dicha política les permitía a los cubanos que llegaban a los Estados Unidos obtener permisos de trabajo, recibir ayuda y beneficios sociales, médicos y monetarios.
La política de “pies secos, pies mojados” se estableció en el 1995 por la administración del Presidente Clinton como un memorando anejado a la Ley de Ajuste Cubano establecida en el 1966. Durante el 2014, antes de que se re-establecieran las relaciones con el Gobierno Cubano, aproximadamente 4,000 cubanos lograron entrar o trataron de entrar, en el 2016 según del Departamento de Seguridad Nacional aproximadamente 55,000 cubanos entraron a los Estados Unidos, posiblemente en anticipación a la derogación de la política de “pies secos, pies mojados”.
Para muchos cubanos en los Estados Unidos la derogación de esta política es vista como otro paso hacia la legitimación del Gobierno Cubano y por ende del comunismo por parte de los Estados Unidos, pero para muchos otros latinoamericanos es el fin de una categoría migratoria preferencial que era injusta para el resto de los inmigrantes de otras nacionalidades.
El crecimiento y desarrollo de Cuba por parte de los jóvenes cubanos que nacen, crecen y son educados en Cuba es citado por muchos de los que respaldan el fin beneficio migratorio de como uno de los beneficios de la derogación. Además, como indicó el Presidente Obama, se estará tratando a los inmigrantes cubanos de la misma manera que a los inmigrantes de otros países.
Es importante recalcar que la Ley de Ajuste Cubano sigue vigente y que los cubanos pueden solicitar asilo si han sido perseguidos o tienen temor de persecución creíble  por razón de tu religión, nacionalidad, opinión política, raza o pertenencia a un grupo social particular.
En las oficinas de Mercedes Cano estamos para ayudarle. Si desea que evaluemos su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro Formulario de contacto
Síguenos en nuestras redes sociales FacebookTwitterYouTube o inscribete a nuestra lista de correo donde le informaremos más sobre las últimas noticias de inmigración.