Que es la trata de personas y el tráfico ilegal de personas? 
Cuál es la diferencia entre el tráfico de personas y la trata de personas? y por qué ayudar a los inmigrantes puede generar una denuncia y un cargo criminal contra la persona que ayuda?
Las principales diferencias entre la trata de personas y el trafico ilegal:
Trafico ilegal: cuando una persona esta de acuerdo en pagarle un dinero a otra para que lo entre a un país  ilegalmente, ejemplo: si estamos en Mexico o en Guatemala y queremos entrar  a los EEUU ilegalmente, ese es el trafico ilegal de personas, el delito es contra el estado por que todos los estados tienen sus reglas. Cuando usted entra sin una visa, sin el permiso del estado usted esta cometiendo un delito contra el estado. 
La trata de personas: es un delito contra una persona, contra la dignidad y los derechos humanos de la persona, usualmente el individuo es convencido de que puede ir a un lugar donde va a trabajar y conseguir una forma de mantener a su familia, puede ser también un viaje internacional. El asunto es que cuando la persona llega a ese otro lugar la van a obligar a trabajar, la van a meter a la prostitución, a trabajar en una fabrica sin forma de salirse de ese arreglo que ella nunca realmente supo que es. Esto es un negocio internacional que esta pasándole mucho a los jóvenes, las personas que realmente son muy inocentes y creen que las promesas de trabajo en otro país y en otra ciudad son realmente verdaderas, muchas veces ocurre a la fuerza. Las personas son robadas de sus propias áreas y movidas a otras ciudades en su propio país y son obligadas a muchas cosas horribles.
Este delito contra los derechos humanos en los EEUU es muy perseguido, y si la victima logra llegar a las autoridades y denunciar que esta siendo víctima de una trata de personas ilegal, las autoridades le pueden ayudar a quedarse legalmente en el pais, eso si, la persona tiene que cooperar con la justicia para lograr levartar los cargos que se van hacer a aquellos grupos o persona que la a obligado a trabajar o a prostituirse.
Qué cargos se le pueden hacer a una persona que ayuda a un indocumentado?
La ley es una ley federal el código 13-24 que dice: si usted tiene en su casa a una persona indocumentada, le da abrigo y techo, a usted le pueden hacer cargos criminales, pueden darle un año de carcel y si no tiene papeles lo pueden deportar. El asunto aquí es que es costoso que el estado empiece estos procesos, no siempre lo hacen, pero cuando quieren usarlo lo pueden usar, por que la ley existe.
Lo que se le sugiere es tener mucho cuidado y ojalá que las personas no tuvieran que venir a los EEUU a quedarse ilegalmente porque la situación esta muy difícil, no solo cruzar la frontera si no vivir acá en los EEUU.
Estoy segura que han oido todos ustedes de las cosas que están pasando acá , y de lo difícil que es pasar la frontera. Aquellos padres que creen que pasando la frontera con un niño van a darles abrigo o asilo, no necesariamente, pueden simplemente deportarlos o separarlos de sus hijos, eso existe aun, no lo han acabado, hay demandas contra el presidente pero no han acabado.
En las oficinas de Mercedes Cano estamos para ayudarle. Si desea que evaluemos su caso, puede contactarnos en nuestro teléfono 718-505-8506 o en nuestro Formulario de contacto.
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Qué plan de salud se recomienda para los refugiados inmigrantes a los EEUU?
A los refugiados y asilados que se les ha aprobado su asilo, tienen acceso a un programa de salud pagado por el estado, ese programa se llama Medicaid y cubre: 

También ofrece, clases de ingles por 6 o 8 meses, a la persona se le ayuda a buscar trabajo, también le ayudan a pagar la renta por un tiempo corto no mas de 6 o 8 meses, pero la persona tiene que buscar una agencia pagada por el gobierno que le ayude a comenzar todos estos programas, por que están allí y si la persona no aplica caducan.
Asilados, por favor busquen ayuda en internet o aquellas personas que los puedan conectar a estas agencias para que les presten los servicios a los que tienen derecho.
Para el migrante legal, no en todos los estados pero en algunos estados, que tienen su residencia y su numero de social security, puede y debe de aplicar para un seguro de salud. Hay seguros de salud que son muy baratos, mas que todo van de acuerdo a lo que la persona reporte como su declaración de renta o si esta empezando a trabajar, basado en ese ingreso semanal. 
No todos los estados ofrecen al inmigrante un plan de seguro barato, por ejemplo en estados como La Florida, donde si la persona es legan tiene que esperar 5 años para poder que le den beneficios pagados por el estado, no pasa igual  en New York donde un niño apenas entra al estado tiene cobertura total de salud. 
Cuando el inmigrante esta indocumentado no hay plan de salud, realmente si la persona no tiene un documento como el social security que viene a ser como el numero de identidad de las personas acá, entonces ese emigrante utilizará mas que todo a los doctores privados o sala de emergencia de los hospitales. El estado tiene la obligación de atender a toda persona que tenga una urgencia médica, pero usualmente el seguimiento de esas enfermedades es bastante largo no es tan eficiente como si usted tuviera un plan de salud.
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Por que es importante tener un abogado en los procesos legales, especialmente en casos de inmigración. Los formularios de inmigración parecieran ser muy sencillos y realmente las instrucciones que hay en la página lo son, la mayoría de las veces ayudan bastante a estos procesos, pero, un abogado que ha hecho esto, por lo menos yo lo he hecho por 20 años, también sabe que los procesos a veces tienen ciertos momentos en los que se pueden enredar y uno los puede desenredar o evitar que se enreden. Yo no aconsejo nunca ir solo a una entrevista, ya sea a un precinto de policía o inmigración para ver a un oficial, porque usted siempre está en desventaja, no sabe sus derechos, el oficial puede que solo esté haciendo su trabajo y hay muchas personas que van solas y no tienen problemas, pero, aquellas que tienen problema, se les enreda el proceso y se les vuelve una cosa muy prolongada y hasta pueden poner en la deportación a la persona. Tengo un caso de una joven que cambió de dirección y simplemente porque cambió de dirección y no le llegó la noticia para ir a una entrevista, a los dos días inmigración la puso el proceso de deportación; No debería ser así, ¿que podría haber hecho yo en este caso? Si yo pongo una aplicación, tanto mi cliente como yo, recibimos noticias de los procesos entonces hay una seguridad de que, si usted no le llega la noticia, a mí como su abogada, sí me llega, porque los abogados tenemos al menos ese derecho de que se nos notifique. Entonces, hay muchos beneficios en llevar un abogado: Que lo preparé a usted, Que esté presente durante la entrevista, Que tome notas, Que cuestione cualquier pregunta que no deba de ser, Y que pueda abogar en su caso. Venga a vernos, usted puede consultar con nosotros a través del teléfono, los medios sociales, a través de Skype, en donde quiera que usted esté, incluso podemos hacer su caso independiente de la parte del mundo en la que se encuentre usted debido a las ventajas que tenemos con el internet, llámenos o haga la cita directamente en nuestra página.

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Qué es un tercer país seguro y cuáles son las nuevas medidas de asilo político que esta nueva administración quiere instituir?
Básicamente, la ley que se ha lanzado para comentario público y que tendrá que esperar unos 60 días para ver si se aprueba o no, dice así:
Si la persona que llega a los EEUU a pedir un asilo político ha tocado otro país antes que los EEUU, esa persona tendrá que pedir el asilo en ese país antes que su aplicación sea aceptada en los EEU, por ejemplo: un ciudadano venezolano que salga de Venezuela con su visa de turista con la intención de pedir un asilo en un futuro aquí en los EEUU, si hace una escala en Panamá y luego llega a los EEUU, no calificará para ese asilo en EEUU. Si es arrestado o detenido será deportado a Panamá para que pida asilo en Panamá. Lo mismo pasará con aquellos hondureños o salvadoreños que toquen Guatemala, cuando lleguen a los EEUU a pedir asilo, serán devueltos a Guatemala para que allí se procese el asilo, solamente si esa aplicación es rechazada o negada entonces la persona podrá regresar a los EEUU mostrar que su asilo ha sido negado en ese otro tercer país y aplicar entonces en los EEUU.
Cuál es la intención?
La intención es parar el flujo de aquellas personas que están llegando a las fronteras de los EEUU o a los aeropuertos de los EEUU y están pidiendo asilo. Esto es muy delicado, esto es muy duro para las familias que vienen buscado ayuda o protección por que están siendo perseguidas o temen por su vida. Estas personas (para que sepan aquellas familias que planeen venir acá a los EEUU a pedir asilo, las familias) están sufriendo, no solamente humillaciones, detenciones y separaciones; y en el futuro se sufrirán deportaciones si esta ley se pone en efecto. Lo triste de esto, es que esos países no están preparados para recibir estas familias y, para poder procesarlas para un asilo.
Con todas estas cosas que están pasando acá en los EEUU, las familias inmigrantes están sufriendo muchísimo, están siendo perseguidas, tienes mucho temor, hay un sentimiento de inseguridad, la situación está muy difícil para todos, pero aquí los seguiremos informando de lo que siga pasando con esta administración.
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ACCIONES QUE NOS DEJAN FUERA DE LA ELEGIBILIDAD PARA UNA RESIDENCIA:
El haber entrado sin inspección a los Estados Unidos nos deja sin la oportunidad de contar con los documentos legales necesarios para conseguir un trabajo que le permitia sostenerse a usted y a su familia. Entonces, la salida más fácil que se le presenta es comprar una licencia de conducir con su fotografía en ella y otros documentos apócrifos que lo acreditan como un ciudadano americano. Pero lo que puede ser una solución facil puede convertirse en una pesadilla y ponerle en riesgo de ser sometido a una investigación por estos hechos, si las autoridades descubren el fraude cometido; si la investigación procede, podría ser removido del país.
Hay varias motivos por los cuales a una persona se le niega la residencia en los EEUU, para siempre:  

 

No cometa un error ni arriesgue a su familia!
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ME DEPORTARON, PERO VOLVÍ A ENTRAR A LOS EE. UU. SIN VISA, TENGO 10 AÑOS DE ESTAR AQUÍ, ¿PUEDE MI ESPOSA CIUDADANA AMERICANA PEDIRME?
Cuando Crystal conoció a  su esposo Gonzalo, creyó que en unos pocos años, él podría aplicar para obtener una residencia a través de ella pues es una Ciudadana nacida en los Estados Unidos.
Gonzalo le confió a Crystal que en una oportunidad, inmigración lo había deportado y él había regresado por la frontera sin papeles, pero nadie sabía que él estaba viviendo en los EE.UU.  Ya han pasado los 10 años desde esa deportación, y la pareja quiere empezar un proceso para la residencia de Gonzalo.
Cuando nos consultaron, les explicamos que la entrada de Gonzalo después de una deportación agravaba el caso y tendríamos que considerar varias cosas:

Este es uno de los muchos casos en los que la falta de guía o información pueden poner a una pareja en una situación muy desventajosa o donde inmigración, hoy en día con esta administración de este presidente, se corre el riesgo de quedarse sin papeles o que lo vuelvan a recoger y a deportar.
No se deje sorprender, contáctenos, evaluaremos su caso y le indicaremos cuáles son sus posibilidades.  
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Clases de visas en EEUU según su objetivo:
Existen un gran número de visas para los Estados Unidos, prácticamente de la A a la V:

Atletas, amateur & profesionales (compiten solo por premios monetarios) B-1 (NA)
Au pairs (visitante de intercambio) J SEVIS
Especialidad profesional australiana E-3 DOL
Tarjeta de cruce de frontera: México BCC (NA)
Visitantes por negocios B-1 (NA)
Miembros de tripulación D (NA)
Diplomáticos y oficiales de gobiernos extranjeros A (NA)
Empleados domésticos o niñera que debe acompañar a un empleador extranjero B-1 (NA)
Empleados de una organización internacional, y OTAN G1-G5, NATO (NA)
Visitantes de intercambio J SEVIS
Personal militar extranjero estacionado en los Estados Unidos A-2
NATO1-6
(NA)
Extranjeros con habilidades extraordinarias en Ciencias, Artes, Educación, Negocios o Deportes O USCIS
Profesionales de un tratado de libre comercio (TLC): Chile, Singapur H-1B1 DOL
Visitantes internacionalmente culturales de intercambio Q USCIS
Empleados transferidos entre compañías L USCIS
Visitantes por tratamiento médico B-2 (NA)
Periodistas I (NA)
Trabajadores profesionales de NAFTA: México, Canadá TN/TD (NA)
Enfermeras que vengan a áreas con escasez de salud profesional H1-C USCIS
Atletas, artistas o animadores que se vayan a presentar P USCIS
Médico J , H-1B SEVIS
Profesor, maestro (visitante de intercambio) J SEVIS
Trabajadores religiosos R (USCIS)
Ocupaciones especializadas que requieren conocimientos especializados H-1B DOL then USCIS
Estudiantes: académicos, vocacionales F, M SEVIS
Agricultores temporales H-2A DOL then USCIS
Trabajadores temporales llevando a cabo un trabajo por temporada H-2B DOL then USCIS
Visitantes por turismo, placer o vacaciones B2 (NA)
Entrenándose en un programa no principalmente para obtener empleo H-3 USCIS
Comerciantes o inversionistas en tratados E (NA)
Transitando los Estados Unidos C (NA)
Renovación de visas – disponible en los Estados Unidos (NA)

Fuente: https://visadoestadosunidos.com/tipos-de-visas-para-los-estados-unidos/
Siendo las más comunes: la visa de turista, la visa de estudiante (hoy en día se debe tramitar desde el exterior para que la persona pueda entrar y salir del país cuantas veces lo requiera. Este tipo de visas es bastante costosa porque debe la persona demostrar cierto ingresos y dinero acumulado en el banco).
Dependiendo del fin de su visita, usted deberá tramitar la visa que más le convenga, por ejemplo:
Si su fin es llegar a los EEUU y trabajar por unos años, tal vez deba pensar en la visa de agricultura, de trabajador (carpintero, jardinero, etc).
Que es lo importante que debe tener usted en cuenta antes de tramitar o contratar una agencia que le gestione el proceso de una visa de trabajo?
Lo primero a tener en cuenta es tener un empleador en los EEUU que requiera de sus servicios, este empleador es usualmente quien asume los costos de éste trámite. Por ejemplo, si una finca o una iglesia en los EEUU solicita un empleado, debe ser este empleador quien tramite y diligencie todos los papeles para traer a ese futuro empleado. Ojo: es importante investigar quien realmente es ese empleador y no dejarse enceguecer por una oferta que por ser de los EEUU nos parezca demasiado tentadora, existen muchos fraudes en estos trámites.
Es importante anotar que si usted entró con una visa de trabajo, su obligación será trabajar con esa compañía que lo pidió, sino lo hace será considerado como fraude y pagará por ello.
Visa Au pair:
Si usted está entre los 18 y 26 años, puede aplicar para el programa de intercambio cultural Au pair, que consiste en que el/la joven llegan a los EEUU a compartir con una familia Americana y estudie inglés por un tiempo, el jóven a cambio deberá trabajar ciertas horas a la semana y a cambio recibirá alimentación, estadía y un poco de dinero para sus gastos.
Por último, aconsejamos a todas las personas que estén interesadas en viajar a los EEUU, que primero hagan un plan, que definan muy bien el propósito de su viaje para que así soliciten la visa apropiada y la estadía en este país sea placentera, que amplie su red de contactos, participe en eventos y aproveche todas las oportunidades que este país tiene para ofrecernos.
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Puedo trabajar mientras espero mi residencia en los EEUU?
La abogada Mercedes Cano responde: Puede una persona trabajar mientras espera la residencia en los Estados Unidos?
Si la persona entró con una visa de turista o de estudiante y se queda en el país por más del tiempo permitido (fuera de status) y después de un tiempo prudente se casa con un ciudadano americano; mientras espera el proceso de esa residencia, a esa persona le llegará un permiso de trabajo y un número de Social Security con el que la persona podrá trabajar mientras le llega la entrevista con inmigración.
Importante: la persona tuvo que haber entrado con visa y haberse casado con un ciudadano americano. (Ver Residencia con arrestos previos)
Si la persona entró sin Visa, así se haya casado con un ciudadano americano e iniciciado un proceso de ajuste de status, esta persona NO obtendrá un permiso de trabajo en los EEUU. Para hacarlo, tendrá que aplicar para un perdón, salir del país y volver a entrar legalmente con su residencia. (Ver Residencia a través de su cónyugue si usted entró indocumentado)
Si la persona se casó con un residente, tampoco obtendrá un permiso de trabajo, ya que un residente no puede otorgar este tipo de beneficios.
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Cristian presentó una solicitud ante el USCIS para obtener su ciudadanía americana mientras su tarjeta de residencia aún era válida. En unas pocas semanas completó sus huellas digitales y despues que paso el examen de la ciudadanía, llegó el día de su Juramento a la bandera Americana, proceso que mostraría su lealtad a esta nación y el complemento para obtener la ciudadanía Americana. Aunque tuvo dos arrestos previos cuando era muy joven, por orinar en público y tener una navaja de bolsillo, aún era elegible para su ciudadanía debido a que los cargos fueron desestimados y sellados. Después de esperar unos meses, su tarjeta de residencia expiró, pero no la renovó, ya que tenía la fecha de su cita y esperaba convertirse en ciudadano americano. A solo 40 días antes de su cita de Juramento, Christian fue arrestado por conducir bajo la Influencia del alcohol (DUI) que se clasifica como delito menor; se declaró culpable, pagó una multa y completó sus cursos de prevención al alcoholismo según lo dictado por el tribunal estatal. Todo esto sucedió antes de su cita de ciudadanía. Una infracción de tráfico por lo general NO afecta la mayoría de los procesos de inmigración. Un delito menor puede afectar a un residente legal permanente de muchas maneras diferentes.
Cuando llegó a USCIS a tomar el juramento a la bandera, y se presentó ante el oficial para prestar su Juramento, USCIS no le permitió entrar a tomar el juramento. Le informaron que regresara a USCIS porque había un problema con su solicitud. Más tarde recibió una carta de USCIS negando su solicitud de ciudadanía (N-400). Cristian envió a USCIS un Certificado de la corte criminal mostrando que su arresto había sido una infracción y no un delito, pero por falta de haber informado a USCIS inmediatamente del arresto, su solicitud se mantuvo como una denegación.
Cristian vino a vernos porque estaba muy molesto por la decisión y quería apelar. Una apelación un caso como el de él, no valía la pena porque los 30 días que USCIS le daba para apelar estaban a punto de expirar y el no reveló el arresto cuando se presentó para su Juramento. En su lugar, sugerimos una nueva aplicación con suficientes cartas de recomendaciones para mostrar su buen carácter moral. Lo hicimos y cuando tuvo su entrevista fuimos con él y fue aprobada.
Ahora es un orgulloso ciudadano de los Estados Unidos y se siente libre de viajar y vivir dentro o fuera de los Estados Unidos.
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“Mi esposo no tiene registro de lo que gana en los libros”.
“No tengo estatus legal en los Estados Unidos y gano dinero en efectivo”.
“No tengo una Tarjeta de Empleo de Autorización (EAD) o Residencia Permanente”.
“No tengo un número de Seguro Social”.
“Soy ilegal en los Estados Unidos”.
¿DEBO HACER MIS IMPUESTOS?
SÍ! Los inmigrantes indocumentados incluyendo a todas las personas que ingresaron a los Estados Unidos sin inspección o que se quedaron más tiempo del que permitía su visa. Independientemente de no tener un estatus legal, todavía hay una obligación de pagar impuestos. De acuerdo con el IRS y la regulación gubernamental, usted debe declarar la cantidad que gana.
Por ejemplo, si gana $18,000 por año y $10,000 adicionales en propinas, debe declarar $28,000 como su salario anual.
Si no tiene pruebas de cuánto ha ganado debido a que su empleador le pagó o porque tiene un trabajo independiente, sería mejor que se guíe con la tabla de Pautas de Pobreza del 125% de los EE. UU. Dependiendo de la cantidad de personas con las que viva. Esto lo incluye a usted, sus dependientes y los miembros de la familia que viven con usted y deben ser iguales o superiores a la cantidad provista. Esta es la mejor opción para alguien que está en proceso de inmigración o es un inmigrante y en el futuro solicitará su tarjeta de residencia o residencia permanente. Ver la tabla. No necesita un número de Seguro Social para pagar sus impuestos pues puede obtener un Número de identificación de contribuyente individual (ITIN) del IRS para presentar sus impuestos. Esto no “alerta a inmigración” ni lo pone en riesgo. Los inmigrantes indocumentados contribuyen colectivamente con un estimado de $ 11,74 mil millones en impuestos estatales y locales cada año, ya que es una obligación pagar impuestos si reside en los EE. UU. Durante más de 183 días en un año.
Si usted es titular de una tarjeta verde o ha presentado su declaración de impuestos sobre sus ingresos del año anterior como inmigrante, AHORA NO ES EL MOMENTO DE DEJAR DE HACERLO. Si no presenta su declaración de impuestos sobre la renta como titular de una tarjeta verde, puede perjudicar sus posibilidades de convertirse en ciudadano de los EE. UU. En el futuro. Además, si intencionalmente no declara sus impuestos, también puede ser culpable de un delito que podría resultar en la pérdida de su tarjeta verde y su posible deportación. Si ha presentado sus impuestos sobre la renta anteriormente, debe continuar haciéndolo, ya que inmigración lo verá como un concepto de “buen carácter moral”, que es un criterio para muchos beneficios de inmigración elegibles.
Como recordatorio, la fecha límite para presentar sus impuestos sobre la renta es el 15 de abril de 2019. Independientemente de su estatus migratorio, es importante que cumpla con sus obligaciones fiscales. Si no está seguro de cómo sus acciones afectarán su estatus migratorio, llámenos y reserve una consulta con un abogado con experiencia para analizar cómo esto puede afectar su proceso de inmigración.
NOTA IMPORTANTE: si usted es un turista, no está supuesto a trabajar en los EEUU y no debe de tener ninguna obligación de radicar impuestos.
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